Tengo el 100% jajaja
Si
No
Ns / Nc
¿Protegerías con Derechos de Autor las obras arquitectónicas? ¿Sí? ¿No?
¿Por qué? ¿Cómo lo protegerías?
Un hilo de debate para el tema de los derechos de autor de las obras arquitectónicas. Invitados quedáis![]()
Si es posible, se debe hacer reír hasta a los muertos. -- Leonardo Da Vinci
Tengo el 100% jajaja
Yo voto que no. No tiene sentido... en la mayoría de los casos, los edificios se construyen por encargo, por lo que el arquitecto "pierde" sus derechos sobre el diseño, ya que la obra no es para él.
Vamos, no soy un entendido en legislación sobre derechos de autor, pero creo que esta es una de las cosas en las que no tiene sentido.
No. Al arquitecto le han pagado por su diseño una pasta. Una vez cobrado el edificio pasa automáticamente a ser del propietario y también de la ciudad, es patrimonio de esta. En cualquier caso en ningún momento es de ninguna entidad lucrativa.
No. Es absolutamente absurdo.
Un arquitecto ejerce una labor libremente por demanda social (o privada, según el caso) y es una necesidad que cubre con unos fines que van más allá de la obra personal.
Que pueda meter su "impronta" personal es una cuestión únicamente de él y que es prescindible (aunque, lógicamente, si prescinde de eso, no lo contratará ni dios) y no tenemos que olvidar que el fin último de la arquitectura es su funcionalidad.
En el caso de obras privadas, lógicamente la obra es de quien la paga.
Saludos.
Yo creo que la propiedad queda claro, pero ¿los derechos de autor?
Es decir, yo puedo vender un edificio, pero quiza no tengo porque vender su autoria, y me puedo reservar el derecho a crear edificios similares o evitar que otros lo hagan. ¿no?
Si es posible, se debe hacer reír hasta a los muertos. -- Leonardo Da Vinci
Por haber sacado el tema en el hilo de las KIO, creo que debo aclarar mi posición.
MI voto es que en principio NO, y los motivos generales ya se han dicho en los post anteriores.
Ahora bien, poniéndonos como abogado del diablo, está perseguido el plagio en la música, en la literatura, en diseños industriales, etc., etc. ¿Por qué para unas cosas si y para otras no? ¿Es lógico que un arquitecto pueda copiar tranquilamente un diseño de otro y venderlo como propio?
Personalmente creo que, cuando vendes un diseño, lo has vendido con todas sus consecuencias y lo diseñado pasa a ser de su nuevo propietario. Me parece absurdo que se puedan producir "espectáculos" como el de Calatrava y la barandilla de la pasarela de Bilbao. Y que un propietario pueda estar sometido a "caprichos" del autor.
Pero que un tercero saque provecho de tu diseño... Cuando menos es cuestionable y muy complicado.
Si acaso, debería crearse un catálogo internacional de arquitectura y obras y que cada colegio de arquitectos pueda llegar a desestimar un edificio si es muy plagio, aunque lo quiera el ayto., un propietario, etc.
(Es decir, hacer un poco más técnico el tema de la arquitectura en las ciudades, la construcción, etc. que no tanto de capricho como sucede en muchas, que quieren un Calatrava sí o sí, aunque no pegue ni con cola en su ciudad y no sea más que un autoplagio constante y sucesivo).
Creo que debería estar esto más "tecnocratizado".
Eso sí, que un arquitecto, ingeniero, etc., pueda impedir obras públicas en su obra, ni de suerte. Si acaso, que un equipo mixto cultural y arquitectónico marque el nivel de protección de cada obra de menos de x años (así, también profesionalizado y no por capricho, como está pasando en Valencia con el Cabanyal, que ahora está protegido, ahora desprotegido).
Es mi idea.
Saludos.
Ahí está la madre del cordero. Un proyecto arquitectónico es una creación artística, igual que una escultura, una pintura, una novela o una película. Lo de los derechos de autor me parece un sinsentido, pero... lo que dice Kepler, ¿Qué pasa cuando un tercero saca provecho de tu trabajo y tu esfuerzo intelectual?
asumimos que los derechos de autor pasan al propietario del edificio, pero ¿pasan los derechos de autor de un disco al propietario de un disco?
Alguien pondra el ejemplo de la productora para justificar el traspaso de derechos, pero yo creo que la productora actua como la constructora en un edificio. Al final quien paga es el cliente, y el cliente es el que va al Corte Inglés a comprar el disco. ¿Cual es el modelo correcto, el de la música o el de la arquitectura?
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