Gracias
Obviamente te costará un REP![]()
Yo creo que como norma general con menos de cien metros un edificio no es un rascacielos, independientemente de donde este situado, en todo caso seria un edificio alto pero no un rascacielos. He dicho... jeje
Yo lo primero que creo es que debe tomarse un dato objetivo como la altura, y no lo de "que destaque en su entorno" porque eso es subjetivo. Lo de la relación Base-Altura también es complicarlo un poco y lo del número de plantas pues tampoco es muy preciso. De siempre yo había oído lo de 100 metros pero ponerlo en 150 metros tal y cómo está el tema tampoco sería descabellado. Lo mejor sería una especie de clasificación tipo 100 a 200 metros "rascacielos", de 200 a 300 "super-rascacielos" y de más de 300 "mega-rascacielos".
La altura en si no es suficiente, debemos tener en cuenta el porcentage de habitabilidad para distinguir los rascacielos de las torres de telecomunicaciones, la CTBUH considera 50 % mínimo de habitabilidad para cualificar si una construcción es un edificio habitable.
Si das pescado a un hombre hambriento lo nutres durante una jornada. Si le enseñas a pescar, le nutrirás toda su vida - Lao Tse