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Tema: Catarroja (Valencia): PAI de Nou Mil.leni

  1. #11
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    Catarroja aprueba el Plan General que recoge las 12.000 viviendas del PAI Nou Mil.lenni

    Los concejales del Ayuntamiento de Catarroja tuvieron que madrugar ayer para asistir, a las ocho y media de la mañana, a uno de los plenos más importantes de la legislatura: la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana, un documento de planificación urbanística que recoge el PAI Nou Mil.lenni. Este proyecto prevé la construcción de más de 12.000 viviendas en cerca de 1,5 millones de metros cuadrados.

    La oposición criticó que este plan no es más que un «traje a medida para sacar adelante este PAI», que se encuentra paralizado en los tribunales por una suspensión cautelar por su impacto social y medioambiental.

    El documento urbanístico se aprobó con los votos a favor del equipo de gobierno, formado por PP y UV, y el rechazo de PSPV, Bloc y EU. Han tenido que pasar cinco años para que la revisión del plan general se aprobara, precisamente por contener una de las expansiones urbanísticas más importantes y polémicas de la provincia de Valencia. El proyecto corre a cargo de una empresa mixta formada por el IVVSA y Llanera.

    Catarroja aprueba el Plan General que recoge las 12.000 viviendas del PAI Nou Mil.lenni. Las Provincias
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  2. #12
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    El TSJ rechaza ejecutar los 12.000 pisos de Nou Mil·lenni porque ´exprimen el suelo´

    La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Comunitat Valenciana ha estimado en parte una solicitud de la empresa mixta de Ivvsa y Llanera -creada para desarrollar el PAI Nou Mil·lenni de Catarroja- para modificar las medidas cautelares que paralizan este proyecto. La promotora pidió al alto tribunal valenciano que cambiase la suspensión ya que existían "nuevas circunstancias" -entre ellas, la aprobación provisional del PGOU de Catarroja- que deben ser consideradas en esta decisión.

    Pero el TSJ estima sólo en parte lo que le pide Iniciativas y Promociones de Viviendas Valencianas S.L., la empresa mixta que promueve Nou Mil·lenni. Tal como recoge en su escrito, el Contencioso-Administrativo permite con su resolución "la tramitación administrativa de los instrumentos de gestión", pero no "materializarse ningún tipo de obra, ni preparación para la misma, de forma que el suelo permanezca incólume". Es decir, el proyecto se puede tramitar pero no materializar.

    Los tres magistrados que firman la decisión entienden que "no es un uso razonable aquel que exprime el suelo en los términos que proponen los actos recurridos". E incluso subrayan que con un plan parcial no se puede llevar a cabo un proyecto urbanístico con un incremento poblacional de la magnitud del que pretende Nou Mil·lenni (unas 12.000 viviendas). "Hoy pensamos que esas magnitudes están fuera de la realidad", señalan en sus fundamentos, aunque añaden que "nosotros sólo valoramos jurídicamente esos instrumentos, no hacemos prospecciones sobre la oportunidad".

    El TSJ se reafirma en su cuestionamiento de la sostenibilidad del proyecto, tal como ya había señalado en junio de 2009 al dar la razón al grupo socialista en las Corts en un recurso. "Íntegramente ratificamos" aquellas consideraciones sobre el desarrollo sostenible. "Si se produjeren las transformaciones físicas derivadas de los instrumentos aprobados, podrían quedar deteriorados valores medioambientales y materializada una masa edificatoria, de imposible gestión", afirman más adelante.

    Las dificultades para crear un nuevo pueblo

    Fue en abril de 2009 cuando el TSJ se pronunció por primera vez sobre la idoneidad de construir un nuevo pueblo dentro de Catarroja, porque eso es lo que en definitiva representa el PAI Nou Mil.leni con sus 12.000 viviendas. La Sala de lo Contencioso dictó entonces un auto acordando la suspensión del acuerdo de la Comisión Territorial de Urbanismo por el que se aprobaba el proyecto. Y lo hacían porque no quedaba acreditada la disponibilidad presente y futura de recursos hídricos para atender la demanda de agua. Esta decisión no sólo afectaba a los planes del ayuntamiento sino también los del Grupo Llanera.

    El TSJ rechaza ejecutar los 12.000 pisos de Nou Mil·lenni porque ´exprimen el suelo´ - Levante-EMV
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  3. #13
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    Catarroja aprueba el proyecto de urbanización del PAI Nou Mil.leni

    El Ayuntamiento de Catarroja ha aprobado el proyecto de urbanización del PAI Sector Nou Mil.leni, presentado por la empresa Improva como agente urbanizador. Asimismo, se han desestimado la totalidad de las alegaciones presentadas al proyecto de urbanización, según publica este martes el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV).

    Esta publicación recuerda que, contra este acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado el 23 de diciembre de 2010, que es definitivo en vía administrativa, cabe interponer bien un recurso contencioso-administrativo o bien un recurso potestativo de reposición.

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  4. #14
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    El Supremo confirma la suspensión de Nou Mil.leni

    El Tribunal Supremo ha rechazado los recursos presentados por la Generalitat, el Ayuntamiento de Catarroja y la promotora Inprova contra el auto que suspendía cautelarmente el Plan de Actuación Integrada de Nou Mil·leni porque otro auto posterior modificó las condiciones de esa suspensión. La promotora y las dos administracioens habían presentado recursos de casación contra un auto del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana de mayo de 2009 que suspendía de forma cautelar este PAI, que prevé la urbanización de 12.000 viviendas en el término municipal de Catarroja.

    La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV estimó así el recurso que el grupo socialista en les Corts había presentado contra la resolución de la Generalitat, que en 2008 aprobó definitivamente la homologación y el plan parcial del sector. Este primer auto, que ha sido el recurrido, fue ratificado por otro posterior de junio de 2010, que estimaba «en parte la solicitud de modificación de medidas cautelares» de Inprova y procedía a alzar parcialmente la suspensión del PAI. En concreto, esta nueva resolución judicial, que es firme, permitía iniciar la tramitación administrativa, si bien impedía que se realizase «obra alguna» sobre los terrenos del PAI, que deberían permanecer «incólumes».

    No en vano, el Ayuntamiento de Catarroja aprobó el pasado mes el proyecto de urbanización de Nou Mil·leni, presentado por Inprova, de la que forma parte Llanera.
    El Tribunal Supremo resuelve, en una sentencia fechada el 21 de febrero, desestimar los tres recurso de casación e impone las costas a los tres recurrentes, por valor de 3.000 euros. El grupo socialista en el Ayuntamiento de Catarroja considera que este fallo supone «un nuevo varapalo judicial a los intentos del PP y la alcaldesa, Soledad Ramón, de desbloquear el proyecto».

    http://www.lasprovincias.es/v/201103...-20110306.html
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  5. #15
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    La alcaldesa de Catarroja dice que ahora ´no toca´ construir Nou Mil·lenni


    La munícipe se pronuncia tras conocer "por la prensa" la confirmación del Supremo de paralizar las obras

    La alcaldesa de Catarroja, Soledad Ramón (PP), ha afirmado haberse enterado "por la prensa" de la decisión del Tribunal Supremo de confirmar la suspensión cautelar de las obras del programa de actuación integrada (PAI) de Nou Mil·lenni en Catarroja y rechazar los recursos de casación presentados por la Generalitat, el ayuntamiento y la empresa Inprova, SL (formada por Llanera y el Ivvsa). Ramón ha pretendido restar importancia a la preocupación que podía suponer para el consistorio la paralización de este plan, del que ha anunciado que "no es momento ahora de pensar en construir, no toca, lo mejor es dejarlo y acatar las decisiones de la justicia".
    Sin embargo, se trata de un revés judicial para el ayuntamiento ya que el Supremo confirma así varios autos del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), dictados entre 2009 y 2010, que permitían continuar con la tramitación administrativa pero impedían iniciar las obras y realizar movimientos de terreno irreversible contra los que había interpuesto acciones el consistorio.
    La decisión ha sido, en cambio, recibida con "alegría comedida" por parte de los propietarios de los terrenos y que están agrupados en la plataforma Salvem Catarroja. Para su portavoz, "desde la plataforma se aspira a la paralización total del proyecto, esto sólo es un paso más pero no definitivo".

    http://www.levante-emv.com/comarcas/...ni/788368.html
    Yo soy yo y mi circunstancia
    http://zoosdelmundo.mforos.com/

  6. #16
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    El PAI Nou Mil·leni de Catarroja, anulado

    El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha anulado el acuerdo de la Comisión territorial de urbanismo de Valencia que aprobaba la homologación y plan parcial del sector Nou Mil·leni para la construcción de 12.000 viviendas en la localidad valenciana de Catarroja.

    La resolución, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJ valenciano, con un voto particular en contra, basa su fallo en la "falta de disponibilidad de recursos hídricos" para llevar a cabo el proyecto, dado que "no existe título concesional suficiente".

    La sentencia de la Sección Primera, facilitada hoy, estima así el recurso planteado por la Delegación del Gobierno de la Comunitat Valenciana contra la decisión administrativa del 20 de febrero de 2008 que aprobaba el PAI, que ahora queda anulada.

    Contra esta decisión judicial cabe, en su caso, recurso de casación, que deberá presentarse ante este tribunal en el plazo de los dos días siguientes al de su notificación.

    El proyecto, impulsado por la promotora Llanera y el Instituto Valenciano de la Vivienda (IVVSA), contempla la construcción de cerca de 12.000 viviendas y un centro comercial en este término municipal.

    La Delegación del Gobierno basaba su recurso en la infracción del ordenamiento jurídico por parte de la Comisión territorial de urbanismo, de la Conselleria de la Vivienda, al "aprobar el acuerdo sin acreditar la disponibilidad de recursos hídricos".

    Apoyaba además sus argumentos con diferentes informes de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) desfavorables a esta actuación urbanística en Catarroja.

    Por contra, la representaciones procesales de la Generalitat, Ayuntamiento de la localidad y codemandada defendían la existencia de tales recursos para llevar a cabo la actuación urbanística aprobada.

    Según el tribunal, se pone de manifiesto "en principio" la suficiencia de los recursos hídricos pero "no así la disponibilidad de los mismos", por cuanto "no existe título concesional suficiente" ni por parte del Ayuntamiento demandado ni por la Entidad Metropolitana de Servicios Hidráulicos (Emshi).

    Destaca la importancia de distinguir entre suficiencia y disponibilidad de recursos hídricos, en tanto en cuanto, se trata de conceptos que se ubican en "dos planos distintos".

    De este modo, mientras que la suficiencia hace referencia a la existencia de recursos hídricos bastantes, la disponibilidad se concreta en la posibilidad de aplicar los recursos hídricos existentes a la actuación urbanística en cuestión, lo cual requiere del correspondiente título administrativo concesional.

    "La existencia de recursos hídricos es condición necesaria para que pueda disponerse sobre éstos pero no es condición suficiente, en tanto que la disponibilidad requiere de un título concesional para la utilización del recurso", explica.

    Por ello, estima que, si bien puede concluirse que hay recursos hídricos suficientes, lo cierto es que "no hay disponibilidad sobre los mismos ni se pueden satisfacer las demandas requeridas por la actuación aprobada", lo cual es "especialmente exigible en este caso" desde el momento en que tiene que recurrirse a recursos comunes de la ciudad de Valencia y área metropolitana".

    http://www.levante-emv.com/comarcas/...do/856580.html
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